| |
PATRIMONIO Y RECURSOS SOCIALES
Artículo 4°: El patrimonio social se compondrá
de:
a) Las cuotas sociales ordinarias, los aportes voluntarios de sus socios
y las contribuciones extraordinarias fijadas por la Comisión Directiva.
b) Las donaciones, los bienes y derechos que adquiera y posea a cualquier
título, así como las rentas, intereses y demás frutos que los mismos
produzcan.
c) De cualquier otro recurso que obtenga como entidad sin fines de
lucro.
d) El patrimonio debe ser destinado exclusivamente al cumplimiento
de los fines sociales.
Artículo 5°: El ejercicio social comienza el 1º de mayo y termina
el 30 de abril de cada año.
|
| |
|